Como parte de la reforma energética, recientemente el Senado de la República turnó a la Cámara de Diputados el proyecto de la Ley de Hidrocarburos y de reformas a diversas leyes, incluyendo la Ley Minera.

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Las reformas trascendentales a la Ley Minera son:

  • El gas asociado al carbón mineral es considerado un hidrocarburo, por lo que dejará de regularse por la Ley Minera, para ser regido por la Ley de Hidrocarburos.
  • Las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica serán preferentes (“Actividad Preferente”) a la actividad minera.
  • La Secretaría de Economía, antes de otorgar una concesión minera, deberá verificar si dentro de la superficie solicitada para concesión se realiza alguna Actividad Preferente. Si la hubiere, dicha Secretaría podrá negar la concesión minera u otorgarla excluyendo la superficie que comprenda la Actividad Preferente.
  • Los concesionarios mineros estarán obligados a informar a la Secretaría de Energía sobre el hallazgo de cualquier hidrocarburo en el área de su concesión minera. Al concesionario que no informe dicho hallazgo será sancionado con la cancelación de la concesión minera.
  • Las Secretarías de Economía y Energía podrán establecer reglas para la coexistencia de las actividades mineras y la Actividad Preferente.

Lo mantendremos informados acerca del proceso de dicha iniciativa, conforme avancen las discusiones.

Si tiene cualquier pregunta o comentario, favor de comunicarse con:

Rafael  Cereceres

r.cereceres@celc.mx

Graciela M. Diedrich

g.diedrich@celc.mx

Bernardo Sánchez Alcocer

b.sanchez@celc.mx

Jorge Rubén Tarango Mancinas

j.tarango@celc.mx